Más información en: Consejo Municipal sobre Discapacidad
El Consejo Municipal sobre Discapacidad del Ayuntamiento de Sevilla, aborda asuntos relacionados con la autonomía personal, la prevención y la no discriminación social de las personas con discapacidad. No permite la participación directa.
Artículo 1. Naturaleza.
El Consejo Municipal de Sevilla de Atención a las Personas con Discapacidad, es un órgano colegiado de naturaleza asesora de la Administración Municipal, a través del cual se instrumenta la participación de las organizaciones representativas de los intereses sociales.
Artículo 3. Adscripción.
El Consejo Municipal de Sevilla de Atención a las Personas con Discapacidad se adscribe a la Delegación Municipal del Área de Bienestar Social y Solidaridad.
Artículo 4. Composición.
1) El Consejo Municipal de Sevilla de Atención a las Personas con Discapacidad estará integrado por:
a) La Presidencia, que corresponderá al Excmo. Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento.
b) La Vicepresidencia, que corresponderá al titular de la Delegación del Área de Bienestar Social y Solidaridad.
c) Un Vocal en representación de cada uno de los Grupos Municipales de Concejales.
d) Un Vocal en representación de la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Asuntos Sociales.
e) Un Vocal en representación de las Entidades de Discapacitados Físicos inscritas en el Registro Municipal de Entidades
de Participación Ciudadana.
f) Un Vocal en representación de las Entidades de Discapacidad Psíquicos inscritas en el Registro Municipal.
g) Un Vocal en representación de las Entidades de Discapacitados Sensoriales inscritas en el Registro Municipal de
Entidades de Participación Ciudadana.
h) Un Vocal en representación de la Organización Nacional
de Ciegos de España
i) Un Vocal en representación de cada una de las dos Organizaciones Sindicales más representativas en el ámbito de Sevilla.
j) Un Vocal en representación de las Organizaciones Empresariales más representativas en el ámbito de Sevilla.
k) Un Vocal en representación de la Entidades de Discapacidad
Mental, inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Participación Ciudadana.
2) Los Vocales del Consejo Local de Sevilla en Atención a las Personas con Discapacidad serán nombrados por resolución de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Sevilla, de la forma siguiente:
a) Los representantes de los Grupos Municipales de Concejales, a propuesta del Portavoz respectivo.
b) El representante de la Delegación Provincial de Asuntos Sociales, a propuestas del titular de la Delegación Provincial de Sevilla.
c) Los representantes señalados en las letras e), f) y g) del apartado anterior, a propuesta conjunta de las respectivas
Entidades, previa citación al efecto por la Delegación de Bienestar Social y Solidaridad.
d) El representante de la O.N.C.E., a propuesta de su Dirección Territorial
e) Los representantes de la Organizaciones Sindicales y Empresariales más representativas, a propuesta de las mismas.